El método de investigación se llama pirámide invertida, y es creación y autoría de la Dra. Nora Ruoti.
Por qué invertida. La pirámide de Kelsen ordena las normas por jerarquía: arriba la Constitución, abajo los decretos y resoluciones. Es correcta, y no se discute — está en el Art. 137 de la Constitución Nacional. Pero es un orden de jerarquía, no un orden de trabajo.
La pirámide invertida es un orden de trabajo. Empieza por lo más específico —lo que el juez ya resolvió— y fundamenta hacia atrás hasta la Constitución. Son dos cosas distintas y no se mezclan.
Los siete niveles, en ese orden:
- Resolución del Poder Judicial en forma específica — qué piensa el juez que va a tener mi caso. La sentencia o auto que resolverá mi caso concreto.
- Jurisprudencia — la opinión de muchos jueces sobre el tema, y cómo se consolidó.
- Doctrina — el análisis de autores especializados en la materia.
- Leyes y sus reglamentaciones — las normas positivas que regulan la materia.
- Convenios internacionales — tratados y convenios ratificados por el Paraguay.
- Soft law — estándares internacionales que orientan la interpretación: OCDE, GAFI, GAFILAT, entre otros.
- Constitución Nacional — el fundamento y el límite supremo de todo el sistema.
La diferencia práctica es el orden. Primero se sabe qué resolvió efectivamente el juez, y recién después se construye la fundamentación normativa. La investigación tradicional hace el camino inverso y llega a la jurisprudencia al final, cuando el escrito ya está armado — y ahí es tarde para cambiar de estrategia.
Una vez que sabés lo que el juez ya dijo, podés decidir si estás de acuerdo o no, y fundamentar desde la base hacia arriba con solidez.
Es el método que ordena toda la plataforma: antes de litigar, mirá lo que el juez ya dijo.